Avales del

JUEGO

En AvalCanarias emitimos directamente, a las empresas y autónomos del Sector del Juego, los avales para la inscripción y explotación de máquinas recreativas y salones recreativos en el Registro del Juego de la Comunidad Autónoma de Canarias.

 

Una solución ágil y eficaz para cumplir con los requisitos administrativos sin recurrir al aval bancario tradicional.

La garantía que necesitas para operar en el sector del juego en Canarias

Más información

Qué son los Avales del Juego

Los Avales del Juego son Avales Técnicos, regulados en el artículo 28 del Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de Canarias, y son exigidos para:

  • Inscripción en el Registro del Juego
  • Explotación de máquinas tipos B y A Especial
  • Salones Recreativos

Estos avales permiten a tu negocio avanzar con seguridad y cumplir con la normativa vigente, contando con el respaldo de AvalCanarias, una Sociedad de Garantía Recíproca (SGR) especializada en la financiación y avales de las empresas y autónomos de Canarias. 

Para qué sirven los Avales del Juego

Los Avales del Juego garantizan:

  • Sanciones Administrativas
  • Pago de premios a jugadores
  • Tributos del Juego
  • Cumplimiento de obligaciones legales

Con los avales de AvalCanarias, tu empresa puede centrarse en su actividad sin bloqueos administrativos.

A quién van dirigidos los Avales del Juego

Este producto está diseñado para Empresas y Autónomos que:

  • Exploten máquinas recreativas
  • Sean operadores del sector del juego
  • Desarrollan su actividad en Canarias o quieran expandirse a otras regiones

Recomendado para Empresas y Autónomos que quieran...

  • Disponer de una mayor capacidad para solicitar préstamos o créditos, al no tener que acudir a su banco para este tipo de avales

Consulta las condiciones preferenciales con nuestros Bancos Colaboradores

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(*) Los resultados de su búsqueda arrojan los siguientes resultados, según las condiciones máximas negociadas en los convenios firmados con cada Entidad de Crédito, pero cada entidad podrá rebajar las citadas condiciones para cada cliente, sin necesidad de consentimiento o autorización por parte de AvalCanarias. (**) Lo anterior incluye al tipo de interés, que, aunque no se contemple en el convenio, la Entidad de Crédito podrá ofrecer de manera individualizada a cada cliente, la posibilidad de firmar a tipo FIJO, MIXTO o VARIABLE . (***) Lo anterior no aplica al plazo máximo para la finalidad de COMPRA DE LOCALES, NAVES Y OFICINAS . Es decir, aquellas entidades que contemplen un tipo máximo de 10 años no ofrecerán a sus clientes la posibilidad de firmar a mayor plazo.

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