Préstamos AvalCanarias

AQUISGRÁN

Un producto exclusivo de las Sociedades de Garantía Recíproca, sin la intervención de bancos ni hipotecas.

Préstamos a tipo fijo y largo plazo

Más información

Modalidad

Préstamos con fondos del Instituto Oficial de Crédito (ICO) y el Fondo Europeo de Inversiones (FEI)

Clientes

Empresas, Autónomos y Profesionales Independientes con domicilio fiscal o establecimiento en Canarias (excluido el sector inmobiliario con CNAEs 4110, 6810 y 6820)

Finalidad

Financiación de Inversiones (maquinaria, mobiliario, instalaciones…) o Circulante (liquidez, compras a Proveedores…)

Condiciones

- Importe: 1.000.000€ máx
- Plazo: 10 años máx
- Tipo de Interés: Fijo desde 3,75%  
- Apertura: 0,5%
- Estudio del Aval: 0,25% mín - 0,5% máx
- Comisión trimestral del Aval: 0,125% mín - 0,25% máx (sobre capital pendiente anual del préstamo; el primer año se cobra de una sola vez a la firma del préstamo)

Garantías

Personales. No se requerirán hipotecas, ni pignoraciones de fondos, ni ninguna otra obligación de contratación o compromiso.

Depósito capital SGR

Según legislación vigente habrán de suscribirse y desembolsarse tantas Participaciones Sociales en el Capital de AvalCanarias SGR, como sus estatutos establezcan en función del riesgo máximo avalado.
Este depósito tiene carácter reembolsable y, por tanto, podrá ser recuperado a la cancelación del riesgo avalado, previa solicitud según Normativa del Banco de España.
Para la financiación de Inversión el depósito reembolsable será del 2%, y para Circulante será del 3%.

Recomendado para Pymes y autónomos que quieran...

  • Mejorar sus condiciones de financiación

  • Conseguir financiación en el caso de que el cupo de riesgo con su Banco ya esté cubierto

  • Conseguir financiación porque el Banco le requiere mayores garantías

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(*) Los resultados de su búsqueda arrojan los siguientes resultados, según las condiciones máximas negociadas en los convenios firmados con cada Entidad de Crédito, pero cada entidad podrá rebajar las citadas condiciones para cada cliente, sin necesidad de consentimiento o autorización por parte de AvalCanarias. (**) Lo anterior incluye al tipo de interés, que, aunque no se contemple en el convenio, la Entidad de Crédito podrá ofrecer de manera individualizada a cada cliente, la posibilidad de firmar a tipo FIJO, MIXTO o VARIABLE . (***) Lo anterior no aplica al plazo máximo para la finalidad de COMPRA DE LOCALES, NAVES Y OFICINAS . Es decir, aquellas entidades que contemplen un tipo máximo de 10 años no ofrecerán a sus clientes la posibilidad de firmar a mayor plazo.

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