Póliza de

CRÉDITO

Póliza de crédito con Aval SGR, para los desfases temporales en la tesorería del negocio.

Desde Euribor +1,25 y hasta 3 años.

Más información

Modalidad

Póliza de Crédito otorgada por los Bancos Colaboradores, hasta 3 años y en condiciones preferenciales, aportando el Aval SGR

Clientes

Empresas, Autónomos y Profesionales Independientes, cuya Actividad Principal esté radicada en Canarias.

Finalidad

Financiar desfases temporales de liquidez.

Comisión de estudio aval SGR

Entre 0,25% y 0,5%

Comisión de riesgo aval SGR

Entre 0,5% y 1% sobre el importe del crédito

Depósito de capital SGR

Según legislación vigente habrán de suscribirse y desembolsarse tantas Participaciones Sociales en el Capital de AvalCanarias SGR, como sus estatutos establezcan en función del riesgo máximo avalado. Este depósito tiene carácter reembolsable y, por tanto, podrá ser recuperado a la cancelación del riesgo avalado, previa solicitud según Normativa del Banco de España. Para la financiación de Circulante este depósito reembolsable será del 3% con carácter general, o del 4% en el caso de no contar con el reaval público de la Compañía Española de Reafianzamiento, CERSA

Recomendado para Pymes y autónomos que quieran...

  • Disponer de un instrumento de cobertura de su tesorería, con posibilidad de establecer un plazo de 3 años para las renovaciones

  • Mayor liquidez para el crecimiento y expansión de su negocio

  • Conseguir financiación porque el Banco requiere mayores garantías

Consulta las condiciones preferenciales con nuestros Bancos Colaboradores

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(*) Los resultados de su búsqueda arrojan los siguientes resultados, según las condiciones máximas negociadas en los convenios firmados con cada Entidad de Crédito, pero cada entidad podrá rebajar las citadas condiciones para cada cliente, sin necesidad de consentimiento o autorización por parte de AvalCanarias. (**) Lo anterior incluye al tipo de interés, que, aunque no se contemple en el convenio, la Entidad de Crédito podrá ofrecer de manera individualizada a cada cliente, la posibilidad de firmar a tipo FIJO, MIXTO o VARIABLE . (***) Lo anterior no aplica al plazo máximo para la finalidad de COMPRA DE LOCALES, NAVES Y OFICINAS . Es decir, aquellas entidades que contemplen un tipo máximo de 10 años no ofrecerán a sus clientes la posibilidad de firmar a mayor plazo.

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